domingo, 18 de octubre de 2009

El Leasing

i. Concepto

Es un contrato por el cual una persona jurídica regulada, llamada operador de leasing entrega un bien mueble o inmueble a otra persona llamada usuario con el compromiso de que este (usuario) pague una contraprestación llamada canon de arrendamiento, otorgando el derecho al usuario de que una vez concluido el plazo de arrendamiento pueda ejercitar una opción de compra sobre el bien arrendado, pagando una suma adicional. En este caso el operador de Leasing imputará los gastos o los montos del arrendamiento como parte del precio del bien.

El nombre del contrato proviene del verbo del idioma ingles "to lease" que significa alquilar, arrendar. También recibe el nombre de arrendamiento financiero aunque en un sentido estricto no necesariamente se plantea un financiamiento en todos los casos como se verá a continuación.

ii. Modalidades

a. Financiero

Es aquel leasing en el que el operador de Leasing adquiere, compra, importa, obtiene, es decir financia un bien escogido por el usuario. Este identifica el bien que necesita, el cual es entregado por el operador al usuario en leasing, es decir el usuario puede escoger el bien inmueble, maquinaria, equipo, etc.

b. Operativo

El operador de Leasing no tiene que comprar el bien sino que ya lo tiene, cuando el usuario se lo pide está "en vitrina", entonces lo que hace el operador es simplemente entregarlo al usuario bajo leasing, sin necesidad de importarlo, comprarlo, etc.

c. Lease Back

El usuario entrega en transferencia, vende al operador de Leasing y de inmediato el operador Leasing se lo restituye pero en calidad de Leasing. Nótese que por esta operación el usuario habrá generado un capital por le venta del bien, que puede ser n capital de trabajo, pero no habrá perdido el derecho de uso es decir y goce sobre el bien sino solamente el derecho de disposición. Es decir que para el mundo exterior el Usuario seguirá apareciendo como propietario y seguirá explotando los bienes, siendo que se transformó en arrendatario. Naturalmente podrá ejercitar la opción al final del contrato recuperando la propiedad sobre el bien.

d. Leasing Inmobiliario

Es aquel que recae sobre bienes inmuebles, instrumentos individuales y normalmente el usuario pide al operador que acondicione un bien inmueble de acuerdo a sus requerimientos generalmente la cuota o canon del arrendamiento normal es igual o un poco menor que el canon de leasing por lo que es usual que se opte por el leasing inmobiliario.

e. Directo

Es aquel que tiene por objeto un bien que no es usual, corriente, normal, en el mercado; es decir que el operador del Leasing asume un riesgo derivado de la colocación o recolocación del bien, para el caso de que el usuario no ejercite la opción. Tal es el caso de bienes para instalaciones nucleares estos difícilmente podrán ser recolocados por el operador por se una actividad poco usual. El leasing Directo, entonces entraña asumir un riesgo.

f. Indirecto

El operador de Leasing asume un compromiso con el fabricante del bien para la colocación en el mercado de ese bien bajo un programa de Leasing. Normalmente son bienes de muy fácil colocación e incluso el fabricante asume el compromiso de ofrecer servicio técnico especial y con descuentos al usuario tal es el caso de los fabricantes de automóviles.
En países como estados Unidos las operaciones de Leasing sobre automóviles tienen tantas facilidades que permiten al usuario cambiar de modelos a medida que avanza el contrato de leasing con lo cual el fabricante puede vender los últimos modelos y el usuario no es propietario del bien ya que este siempre esta en Leasing, además siempre recibe asistencia técnica especial.

g. Nacional

Es aquel leasing que se formaliza dentro de una misma jurisdicción. Los bienes no están sujetos a ningún régimen de importación ni a gravámenes, cargas o regimenes especiales.

h. Internacional

Sobrepasa una jurisdicción, en este si se plantea el problema de establecer bajo que estatus ingresara el bien al país. Tal es el caso de aeronaves, normalmente estas están en leasing y es necesario cumplir con la sujeción del bien a un régimen de importación temporal y algunas veces de otro tipo de actividades como sucede especialmente en materia de aeronaves. Este régimen exige la necesidad de obtener licencias que permitan el transporte del bien originalmente registrado con matricula extranjera. A pesar de las complicaciones en ese orden esta modalidad es muy usual.

i. De Exportación

Tiene por objeto bienes destinados a la exportación es decir que los bienes no son colocados localmente a pesar de ser fabricados localmente, también ocurre un régimen especial en materia tributaria, el cual no impide este tipo de Leasing.

j. Sub Leasing

Es aquel en el cual el operador otorga al usuario el derecho de a su vez colocar el bien a favor de un tercero, esto significa que es posible que un operador, en lugar de adquirir un bien para entregarlo a un usuario prefiera tomarlo en leasing de otro operador que le autorice un subleasing y le permita cumplir con el contrato del usuario final.

k. En copropiedad

El operador del Leasing al ver rebasada su capacidad financiera o simplemente para evitar un riesgo mayor concurre a la operación junto a otro operador de leasing. Ambos realizan el financiamiento del precio final del bien. Por esto también se llama Leasing en Sindicación. Esta operación es usual en el leasing de aeronaves por el valor de dichos bienes.

l. Full pay out Leasing

Es un leasing por el cual el operador de leasing calcula el canon que le pagará el usuario de modo talque la inversión realizada sobre un bien quede cubierta con las cuotas que pagará el usuario. Al final será irrelevante o inmaterial la decisión del usuario la cual no afectará la situación del operador, este tipo de leasing es usual cuando existe de por medio una operación de Leasing Directo, el operador elimina el riesgo generado en la recolocación.

m. Non full pay out Leasing

El operador no incluye en las cuotas una porción del precio del bien, entonces debe estar seguro de que la recolocación no representa un riesgo y que no es necesario recuperar el precio del bien en porciones significativas, cargadas al canon.

n. Adosse

Es aquel por el cual el fabricante de bienes vende la producción total de un bien a un operador de Leasing y este se obliga a colocar los bienes en Leasing o sub leasing ofreciendo garantía sobre la calidad.

o. Leasing Plus

Es aquel leasing que no solamente ofrece al usuario los beneficios de la operación corriente sin o que le ofrece además ventajas como servicio técnico, rebajas opción de cambio de bienes, actualizaciones y otros servicios o "plus" que el usuario no podría obtener por otra fuente. Algunas veces se incluye también financiamiento externo para el usuario en base a su cash flow.

p. Leasing Aeronáutico

Es aquel que exclusivamente toma como bien arrendado a las aeronaves.

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