domingo, 16 de agosto de 2009

El Pagare

a) Definición

Contiene una declaración unilateral que realiza el deudor a favor del acreedor, declaración en la cual se reconoce expresamente que adeuda una suma en una fecha determinada, reconociendo a favor del acreedor un interés, un pagaré por tanto solamente lleva la firma del deudo no es un formulario y no tiene un texto matriz internacional, se conoce bajo el nombre de PROMISORY NOTE. Se reconoce la calidad de pago.

El pagaré es emitido bajo el principio DEBO y PAGARÉ por otro lado un pagaré también tiene garantía quirografaria y es análogo con la letra de cambio en el protesto, en los avales y en los intermediarios.

b) Analogía con la Letra de Cambio y sus diferencias.

Las diferencias con la letra de cambio son las siguientes:

- La letra de cambio es un formulario el pagaré no.
- La letra de cambio es firmada por el girador y el girado, el pagaré por el deudor.
- La letra de cambio no es una declaración unilateral el pagaré si.
- La letra de cambio tiene un tenedor el pagaré no.
- La letra de cambio tiene cuatro modalidades de giro, el pagaré solo la modalidad a fecha fija o a días fecha.
- La letra de cambio debe ser aceptada el pagaré no.
- La letra de cambio no devenga interés el pagaré si.

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