martes, 18 de agosto de 2009

Mecanismos de Control Crediticio.

a) Centros de Evaluación y Comunicación de Riesgos.
Existen mecanismos que buscan evitar el riesgo en una operación, esta tarea se operativiza con la creación de bases de datos en las cuales esta toda la información crediticia, financiera de una persona o empresa. El fin es evitar que el usuario de esas bases de datos contrate con un insolvente.

Esa base de datos se llama central de riesgos y se encuentra bajo la entidad encargada de supervisión.

Estas bases de datos no tienen validez desde un punto de vista estrictamente legal y su uso es netamente comercial. En algunas jurisdicciones para que una persona sea excluida de la central de riesgos, esta presente una garantía que pueda sustentar el hecho de que la persona no vuelva a incurrir en actos censurados como sucede con el giro de cheques sin provisión suficiente de fondos.

i. Bufete de Información crediticia
Un Bufete de Información crediticia es una organismo que recopila información de diversos tipos de prestamistas, (como bancos, fondos financieros privados, mutuales de ahorro y préstamo, cooperativas de ahorro y crédito, prestamistas minoristas, empresas de servicios públicos, etc.) y de fuentes públicas disponibles, sobre el historial crediticio de los prestatarios.
Con esta información, una vez compilada, se crea un reporte de información crediticia, el cual es consultado cada vez que el titular de la información lo autoriza (por ejemplo, al momento de solicitar un crédito).


El bufete de información crediticia es esencial para el éxito de los mercados de crédito, ya que permiten evaluar la solvencia del prestatario; y de esa forma, minimizar las tasas de morosidad. Mientras menor sea el índice de morosidad de una entidad financiera, menores serán sus costos y, por consiguiente, podrá otorgar créditos a tasas de interés mas bajas.

Desde el punto de vista de los prestatarios, la existencia de un registro histórico de sus obligaciones es claramente conveniente, pues les permite construir, mes tras mes, un activo muy importante aunque intangible, que es la reputación de un buen pagador. Esta reputación posteriormente les permitirá acceder a mejores condiciones crediticias, tales como tasas de interés de gracia, etc.

Las personas que no pagan sus deudas, a pesar de que son un pequeño porcentaje de la población, dejan de ser sujetos de crédito y encarecen el crédito para todas las demás. Estas personas pueden volver a ser sujetos de crédito si pagan sus obligaciones y empiezan a construir, de a poco, un historial de crédito limpio.

El historial de deuda de una persona que se muestra en el reporte del bufete de información crediticia contiene cinco años de información. Si una persona termina hoy de pagar la deuda, el historial de esa deuda se mostrará en el reporte crédito los siguientes cinco años.

DIFERENCIAS ENTRE CENTRAL DE RIESGOS Y BUFETE DE INFORMACION CREDITICIA.

- La central de riesgos es un registro público que almacena y consolida información de las entidades que esta institución supervisa.
- Los BIC´s no tienen acceso a la información de créditos comerciales e hipotecarios de vivienda de las entidades financieras, mientras que la central de riesgo si muestra esa información
- Además del reporte de información crediticia, los BIC´s elaboran varios productos con la información que reciben de sus fuentes. Estos productos son utilizados por las entidades financieras para administrar de forma más eficiente el riesgo crediticio.
- La central de riesgos no tiene costo y esta disponible sólo para las entidades financieras. Los BIC´s cobran una pequeña cantidad de dinero por sus servicios, los cuales están a disposición de todos los agentes económicos.

Cualquier persona puede consultar el reporte de Información Crediticia, siempre y cuando cuente con su autorización expresa. Si una persona obtiene su reporte sin su consentimiento, incurre en la violación del secreto bancario, lo cual tiene responsabilidad penal.

Las solicitudes de crédito usualmente contienen una autorización del titular hacia la entidad financiera para que esta última pueda investigar sus referencias crediticias. El contrato de crédito, asimismo, contiene cláusulas que autorizan a la entidad financiera a consultar y a compartir la información crediticia del titular con la central de riesgo, con los BIC´s y con otras entidades financieras, en todo momento y mientras dure la relación entre ambas pares.

b) Evaluación de la Cartera
Los bancos están sujetos a regulaciones que les obligan a reportar el volumen de sus carteras con el fin de que el ente regulador determine si están asumiendo un riesgo que ponga en peligro su integridad.

En lo relativo al usuario, como se dijo actualmente no es relevante la cantidad de ASSETS (acciones) que tiene una persona natural o jurídica, sino que la evaluación se concentra en el cash flow.

Por tanto la evaluación de una cartera esta en función de la capacidad de pago de los componentes de la cartera, puede tratarse de una cartera de clientes, una cartera dentro del patrimonio de un banco o una cartera de operaciones según lo que se disponga.

c) La vinculación Económica
Se entiende por vinculación económica a aquella relación que tiene una sociedad con otra ya sea directa o indirectamente por tener un vinculo originado en una relación holding-subsidiaria, matriz-sucursal, subsidiaria frente a un holding subsidiaria con otra subsidiaria, etc. Es decir que se trata del vinculo patrimonial entre dos sociedades entre si.

También se entiende por vinculación a la relación de un CEO, director, manager o de cualquiera de los empleados con una sociedad.

Las operaciones que se realizan entre personas vinculadas a la sociedad y la sociedad se denominan operaciones vinculadas y están prohibidas en EEUU. Como dijimos estas operaciones cuando son entre los directores y la sociedad se llama Self Dealing y contradice los principios de la relación del Corporate Governance.

d) La concentración crediticia
Las entidades bancarias también buscan evitar que el sistema financiero recargue a un usuario o que este se sobrecargue a si mismo. Para evitar este riesgo de sobrecarga, se han creado tres grupos en los cuales se puede incluir a un usuario del sistema financiero.

i. Créditos Directos.
Los créditos directos son aquellos que una sociedad recibe del sistema para su uso directo, es decir, es beneficiaria del sistema, utiliza los resucesos desembolsados y por tanto es deudor principal en una operación.

ii. Créditos Indirectos
Son aquellos que una sociedad no recibe directamente, no se beneficia directamente de dichos recursos sino que actúa como aval, fiador, o como garante solidario. Se comprenderá que el sistema lo considera también un deudor bajo la regla de la solidaridad.

iii. Contigentes
Son aquellos que la sociedad a participado como un garante mas entre muchos y si el deudor principal no cumple su obligación de pago se convertirá en deudor solidario, como es el caso de las tarjetas de crédito.

La banca por tanto aunque una empresa no hubiera recibido nunca un desembolso directo no podrá en una eventualidad asumir que la sociedad tiene una sobrecarga con el sistema perjudicando su posición por ejemplo en un contrato en mutuo en proceso de negociación.

e) Declaraciones patrimoniales
Cuando una persona va a establecer una relación con un sistema financiero cualquiera, este le exige información personal, esta información se llama declaración patrimonial y se considera que la misma es otorgada bajo juramente, esta información es muy relevante a las nuevas regulaciones mundiales en materia de lavado de dinero o Money Laundry.

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